Testamentos
¿Cómo saber si una persona ha hecho testamento?
Para saber si hay testamento: 1) Obtén el certificado de defunción, 2) Solicita el certificado de últimas voluntades en el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia (mínimo 15 días después del fallecimiento), 3) El certificado te indicará si hay testamento, cuándo se hizo y ante qué notario.
Testamentos
¿Qué pasa si una persona muere sin testamento?
Si no hay testamento se abre la sucesión intestada. La ley determina los herederos en este orden: 1º hijos y descendientes, 2º padres y ascendientes, 3º cónyuge viudo, 4º hermanos y sobrinos, 5º otros parientes hasta 4º grado, 6º el Estado.
Testamentos
¿Puedo desheredar a un hijo?
Sí, pero solo por causas muy graves establecidas en la ley y que deben mencionarse expresamente en el testamento: haber negado alimentos sin motivo legítimo, maltrato físico o injurias graves, haber sido condenado por atentar contra la vida del testador, o abandono del testador en situación de trastorno mental.
Testamentos
¿Qué es la legítima y cuánto es?
La legítima es la parte de la herencia que por ley corresponde a ciertos herederos. Para hijos: dos tercios (2/3) de la herencia. Para padres: la mitad (1/2) si no hay descendientes. El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de una parte, no a la propiedad.
Trámites
¿Se puede renunciar a una herencia?
Sí, puedes renunciar a una herencia de forma total e irrevocable. La renuncia debe hacerse ante notario mediante escritura pública. Es recomendable si las deudas superan a los bienes. El coste de la renuncia suele ser entre 50-100 euros por los honorarios notariales.
Trámites
¿Cuánto tiempo tengo para aceptar o renunciar a una herencia?
No hay plazo legal establecido, pero tienes 6 meses para decidir si quieres beneficio de inventario. Sin embargo, cualquier interesado puede solicitarte judicialmente que tomes una decisión en 30 días. Para el impuesto de sucesiones tienes 6 meses desde el fallecimiento.
Trámites
¿Qué es aceptar a beneficio de inventario?
Es aceptar la herencia protegiéndote de las deudas. Solo respondes de las deudas con los bienes de la herencia, nunca con tu patrimonio personal. Si hay remanente tras pagar las deudas, lo recibes. Si no lo hay, no pierdes nada tuyo. Es gratuito y se hace ante notario.
Trámites
¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?
Documentos básicos: certificado literal de defunción, DNI del fallecido y herederos, certificado de últimas voluntades, certificado de seguros de vida, testamento (si existe) o declaración de herederos, escrituras de inmuebles, certificados bancarios y de vehículos.
Trámites
¿Cómo se reparte una herencia entre hermanos sin testamento?
Sin testamento, todos los hermanos heredan a partes iguales. Si uno ha fallecido, sus hijos (sobrinos del fallecido) heredan la parte que le habría correspondido a su padre. Si hay cónyuge viudo sin hijos, este tiene el usufructo de la mitad de la herencia.
Deudas
¿Cómo saber las deudas que tenía el fallecido?
Para investigar deudas: 1) Revisa su correo y documentación personal, 2) Consulta ficheros de morosos (ASNEF, RAI), 3) Solicita información a Hacienda, Seguridad Social y ayuntamientos, 4) Pregunta en sus bancos habituales, 5) Consulta el Registro de la Propiedad por hipotecas.
Deudas
¿Se heredan las deudas del fallecido?
Sí, si aceptas la herencia también heredas las deudas, excepto las multas y sanciones que son personales. Por eso es importante investigar las deudas antes de aceptar. Si hay más deudas que bienes, es recomendable renunciar o aceptar a beneficio de inventario.
Impuestos
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones?
Depende de la Comunidad Autónoma, el valor de la herencia y el parentesco. Madrid y Andalucía: bonificación del 99% para familiares directos (casi gratis). Otras comunidades: puede variar del 7% al 36% según los factores mencionados. Los no residentes pagan más.
Impuestos
¿Cuál es el plazo para pagar el impuesto de sucesiones?
Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar y pagar el impuesto. Puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses (debe pedirse en el quinto mes), pero genera intereses de demora. Si te retrasas, hay recargos y sanciones.
Impuestos
¿Dónde se paga el impuesto de sucesiones?
Se paga en la Comunidad Autónoma donde el fallecido residía habitualmente (donde pasó más días en los últimos 5 años). Si eres extranjero no residente, se presenta en Madrid pero aplicas las bonificaciones de la comunidad donde residía el fallecido.
Costes
¿Cuánto cuesta aceptar una herencia?
Los costes principales son: impuesto de sucesiones (variable), notario (300-1.500€ según valor), registro de la propiedad (si hay inmuebles), plusvalía municipal (si hay inmuebles urbanos), y honorarios de abogado (opcional, 1-3% del valor).
Costes
¿Cuánto cobra un abogado por una herencia?
Los abogados no tienen tarifas fijas. Generalmente cobran entre 1% y 3% del valor de la herencia, o una tarifa fija que puede ir de 1.000€ a 5.000€ según la complejidad. Siempre pide presupuesto antes de contratar. Si hay conflictos, los costes pueden ser mayores.
Costes
¿Es más barato hacer testamento?
Sí, mucho más barato. Hacer testamento cuesta entre 40-80 euros. Sin testamento hay que hacer declaración de herederos: ante notario (600-1.200€) o ante juez si no son descendientes/ascendientes (varios miles de euros y meses de tramitación).
Trámites
¿Los nietos pueden heredar de los abuelos?
Sí, los nietos heredan por derecho de representación si sus padres (hijos del abuelo) han fallecido antes, o si han renunciado a la herencia. También pueden heredar directamente si el abuelo se lo deja en testamento, respetando siempre las legítimas de otros herederos forzosos.
Trámites
¿Puede un extranjero no residente heredar en España?
Sí, un extranjero puede heredar en España igual que un español. Necesitará NIE, certificado de no residencia de su consulado, y debe pagar los mismos impuestos. El impuesto se presenta en Madrid pero con las bonificaciones de donde residía el fallecido.
Trámites
¿Qué diferencia hay entre heredero y legatario?
Heredero: Recibe una parte o la totalidad de la herencia (bienes y deudas). Responde de las deudas del fallecido. Legatario: Recibe un bien específico (una casa, un coche, dinero concreto) sin responder de las deudas generales de la herencia.
Testamentos
¿Puedo hacer testamento sin ir al notario?
Sí, puedes hacer un testamento ológrafo escribiéndolo de tu puño y letra, con fecha y firma. Pero tras tu fallecimiento debe ser validado judicialmente, lo que es costoso y lento para tus herederos. Es más recomendable hacerlo ante notario.
Impuestos
¿Qué pasa si no pago el impuesto de sucesiones?
Si no pagas en plazo: recargo del 5% (hasta 3 meses de retraso), 10% (3-6 meses), 15% (6-12 meses), 20% (más de 12 meses), más intereses de demora. Además, no podrás inscribir los bienes ni disponer de cuentas bancarias.